| El Proceso de Conocimiento |
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EL PROCESO DE CONOCIMIENTO Competencia del Juez Civil. ¿Qué, asuntos se tramitan como procesos de conocimiento? Por la cuantía: Todas aquellas pretensiones que superen las 300 URP. Por la materia: Procesos de divorcio y separación de cuerpos por causal (artículo 480 a 485 C.P.C); nulidad de cosa juzgada fraudulenta (artículo 178 C.P.C.). Código Civil: Demanda de nulidad o anulación de acuerdos de las fundaciones (inciso 9 del artículo 104); desaprobación de cuentas o balances y de irresponsabilidad por incumplimiento (Art. 106 in fine); desaprobación de cuentas en el comité (Art. 122); fraude del acto jurídico en actos onerosos (Art. 200); nulidad del matrimonio (artículo 281); desaprobación de cuentas del tutor (artículo 542); petición de herencia (artículo 664); nulidad de partición con preterición de algún sucesor (artículo 865). Ley General de Sociedades (Ley 26887): Indemnización daños y perjuicios que estén vinculada con la impugnación de los acuerdos de la Junta General (artículo 146); acción de nulidad y caducidad de acuerdos nulos (artículo 150); acción de los acreedores dirigida contra los liquidadores, después de la extinción de la sociedad, si la falta de pago se ha debido a culpa de éstos (artículo 422). LTV (artículo 182 Ley 27287).
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